Guayana Esequiba: luego del Ejecútese a la ley será difícil (pero no imposible) comparecer

Nota de opinión/Dr. Abraham Gómez R.

La Sala Juzgadora de las Naciones Unidas convocó – como es bien sabido– para actos por separados a las delegaciones o Agentes de Venezuela y Guyana, para este ocho de abril (la semana que viene); configuradas ambas naciones como Partes en el litigio por la controversia sostenida por la extensión territorial, que nos arrebataron con añagaza jurídica; y que constituye el objeto del Proceso.

Para el próximo lunes le  corresponderá  comparecer a nuestra representación, con la finalidad de consignar el memorial de contestación de la demanda que nos hizo la excolonia británica el 29 de marzo del 2018, suficientemente  admitida por el mencionado Cuerpo Jurisdicente; el cual se autoconfirió jurisdicción y competencia, el 18 de diciembre de 2020,  para conocer forma y fondo del asunto controvertido, en base al numeral sexto del  artículo (36) de su Estatuto: “En caso de disputa en cuanto a si la Corte tiene o no jurisdicción, la Corte decidirá”.

No pudimos desmontar la patraña urdida ni con medidas precautelares ni con objeciones preliminares. La Corte decidió y punto; e inmediatamente pasó a estructurar el pleito y a emplazar a las partes para que comparezcan a las fases procesales sucesivas.

La excolonia británica en su reiterativa Pretensión Procesal insiste en pedir   que el Alto Tribunal ratifique que el tramposo Laudo constituyó una “liquidación completa, perfecta y definitiva de todas las cuestiones relacionadas con la determinación fronteriza”.

En otras palabras, Guyana aspira que el Alto Tribunal de La Haya sentencie como “cosa juzgada” con base a los hechos que narra en el escrito su delegación, obviamente, acomodado conforme a su interés y conveniencia. No tienen más nada. Ni cómo ni con qué justificarlo.

A propósito de la disyuntiva fecha que se nos avecina, con todo respeto me he dirigido al jefe del Estado en carta Pública, la cual he dado a conocer por todos los medios posibles y en las distintas plataformas digitales. Expreso allí mi patriótica preocupación, por cuanto pueda acontecer, a partir de la autorización que otorgue, a nuestra delegación, quien rige la política exterior de Venezuela.

En el precitado escrito dirigido al primer mandatario nacional, comienzo por identificarme, breve y modestamente, para que sepa de quién se trata y lo que ha significado en mi vida tantos esfuerzos por la legítima defensa de ese costado este de la geografía nacional que nos arrebataron con vileza.

En mi trayectoria académica, me he permitido estudiar por más de cuarenta y cinco años el caso concerniente a la Guayana Esequiba; en sus distintas dimensiones: histórica, política, económica, antropológica, jurídica, cartográfica, geoestratégica etc. A través de tales experiencias he acaudalado conocimientos (fundamentos de mis tesis de pregrado, maestría, doctorado y postdoctorado) y vivencias – en el propio sitio de los acontecimientos- que he compartido en relatos y periódicas publicaciones.

Al crearse la ONG Mi Mapa y la Fundación Venezuela Esequiba solicitaron mi cooperación con asesorías; así también he venido dictando conferencias y otras actividades de desarrollo presencial en casi todas las universidades del país.

Tuve el honor de ser incorporado como asesor de la Comisión Especial de la Asamblea Nacional por la Defensa del Esequibo y la Soberanía Territorial. He asumido además una membresía en el Instituto de Estudios Fronterizos de Venezuela (IDEFV).

Desde hace (10) años, soy miembro de la Academia Venezolana de la Lengua.

Siempre he considerado que hay que saber diferenciar entre actos de gobierno y Asuntos de Estado: teórica, pragmática y jurídicamente.

Un Asunto de Estado trasciende particularismos, diferenciaciones de cualquier índole, egos exaltados o mal curados, fijaciones ideológicas; en fin, parcelas o intereses individuales.

Un Asunto de Estado nos convoca y concita a estrechar solidaridades por el futuro promisor de la Patria.

Tuve la ocasión, disposición y voluntad de acompañarlos en el referendo consultivo; porque lo valoré como un Asunto de Estado.

Sin embargo, la perspectiva en este litigio nos asoma que la contraparte va al juicio a jugársela completo; sin el más mínimo elemento probatorio que demuestre, en estricto derecho, cómo adquirieron esa extensión territorial.

Mucho menos cómo justificar la ocupación y explotación esquilmatoria que han venido haciendo de sus incuantificables recursos.

Nosotros somos poseedores de los Justos Títulos Traslaticios desde el 8 de septiembre de 1777, mediante la Real Cedula de Carlos III, al crearse la Capitanía General de Venezuela; y también asistidos en el “Tratado de Paz y Amistad entre España y Venezuela” del 30 de marzo de 1845, cuando se nos reconoce la Independencia y la configuración geográfica heredada desde el siglo XVIII.

Ambos documentos (entre bastantes otros) constituyen nuestro más hermoso, contundente e irrebatible acervo de probanza en cualquier Sala Juzgadora, donde se dirima la controversia.

Dejamos la debida advertencia que en tal instante y mediante el venidero evento, del 8 de abril de 2024, no se acaba todo. Comienza la denominada, procesalmente, fase postulatoria donde se traba la litis, que apenas se inicia, que puede durar unos cuantos años; dado que luego vendría la etapa de pruebas, alegaciones, preconclusivas etc.

Surge, entonces, una inmensa preocupación de nuestra parte – compartida por casi todos los sectores políticos, académicos, culturales, sociales, empresariales, universitarios, etc.—referida exclusivamente al artículo 6, de la Ley Orgánica para la Defensa de la Guayana Esequiba (“no sometimiento a mecanismos de resolución de controversias”) que taxativamente señala:

“La República Bolivariana de Venezuela no someterá a mecanismos de resolución de controversias por pate de terceros, incluyendo arbitrajes y la jurisdicción de la Corte Internacional de justicia, los asuntos relacionados con su independencia e integridad territorial…” (Omissis)

Aunque me muestro solidario con usted, señor jefe del Estado, en las gestiones que viene adelantando con el presidente guyanés Irfaan Ali, referidas a la diplomacia directa, pacífica, de entendimiento bilateral; actividades importantes que no tienen por qué limitar o excluir nuestra presencia en el Alto Tribunal de La Haya. Inclusive se podría dar el caso que estando los jueces examinando la aportación de las partes en controversia, ustedes alcancen una solución extraprocesal.

Dos escenarios perfectamente probables y factibles.

Pero, también estamos contestes que en el preciso momento en que usted, en su condición de jefe del Estado, coloque el Ejecútese al supra identificado instrumento normativo, se desvanecería (conjugado adrede en pretérito condicional, por otras razones) la posibilidad cierta de que Venezuela comparezca por ante la Corte Internacional de Justicia a consignar formalmente la contramemoria y a las subsiguientes vistas procesales en el presente juicio.

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