«Gobierno reconoce que horario bolivariano fue un fracaso»

Por: Prof. MSc. José Daniel Fuentes

Sic.

Mucho se había hablado de la ineficiencia del horario bolivariano por no CUMPLIR con las funciones para lo que se había creado, ya que las actividades después de las 12:00 del mediodía eran casi nulas y pedagógicamente hablando eran tiempo perdido por la falta de dotación de materiales para llevar a cabo las actividades culturales, lúdicas y recreativas.

Pasó mucho tiempo antes de que las autoridades A NIVEL NACIONAL, aceptaran tan enorme error, que en muchas ocasiones se había denunciado y que en nada ayudó al sistema educativo.

La Resolución N° 029/2022 de fecha 14 de noviembre de 2022, mediante la cual se establece el horario de clases en todas las instituciones educativas públicas y de administración privada del subsistema de educación básica y media, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 42.505 de fecha 15 de noviembre de 2022, así lo plantea, en sus numerales:

Artículo 1. Se establece el horario de clases, con una duración de cinco (05) horas académicas, en ambos turnos en todas instituciones educativas públicas y de administración privada del subsistema de educación básica.

Artículo 4. En cuanto al nivel de Educación Media, los horarios de clases responden a los planes de estudios y se organizan en bloques de 80 minutos, respetando la jornada de cinco (05) horas académicas, las clases de lunes a viernes y sin día libre para las y los estudiantes.

Artículo 6. Las instituciones de educación pública con horarios de atención integral, pasan a la atención de doble turno, para atender a las comunidades que presenten nudos críticos en la inclusión del 100% escolaridad o prosecución en el nivel de educación Media. En las instituciones educativas que no se requiera doble turno, brindara los espacio para el desarrollo de actividades de formación integral de las y los estudiantes de su punto y circulo.

“He de imaginarse que aquí aquí entran los CEIB y CEIS, por si acaso había la duda o la interrogante”

Artículo 7. Se insta a las autoridades educativas de los distintos planteles públicos y de administración privados a informar a los padres y representantes el contenido de la presente Resolución y atender los casos excepcionales en consonancia con el principio del interés superior del niño, niña y adolescente.

Artículo 8. La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela. Comuníquese y Publíquese.

Ahora de esto nacen nuevas interrogantes:

¿El programa alimentario escolar (PAE), seguirá funcionando, (bueno, medio funcionando) o esto es una estrategia para deshacerse de ese gasto en educación?

 ¿Los docentes con carga de 53,33 horas o bolivarianos, seguirán cobrando como tales o como docentes de 40,00 horas, o también será una estrategia para eliminar esa partida?

 ¿Este horario de doble turno también corresponderá a las zonas educativas, directores y supervisores?

Y así una serie de interrogantes más, pero hay una que siempre va a existir, porque al parecer el estado Delta Amacuro, no forma parte de Venezuela, ya que ésta Resolución entró en vigencia desde el 15 de noviembre, pero aquí en nuestro estado, las instituciones siguen FUNCIONANDO EN HORARIO BOLIVARIANO, contradiciendo lo expuesto en la Gaceta Oficial, en su Artículo 8, lo cual conlleva a un DELITO, pues ya debe ser de cumplimiento NACIONAL.

Esta decisión es bien recibida y aplaudida por la masa docente, ya que les permitirá reorganizarse para hacer frente a las condiciones socioeconómicas adversas y poder tener más interacción con sus familiares, que fueron de cierta forma mitigadas por este sistema.

La Zona Educativa debe informar y hacer cumplir las leyes emanadas a nivel nacional ya que somos parte de Venezuela.

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