Este 31 de marzo cierra el plazo para declarar el ISRL: Katiuska Castro (SENIAT)

Yelismari Escalada

La Lcda. Katiuska Castro, directora del Seniat Delta Amacuro, dio a conocer quiénes son las personas que están obligados a declarar el Impuesto sobre la Renta.

Castro aclaró que están obligadas a declarar el ISRL todas aquellas personas naturales y jurídicas, aclarando que, en el caso de las personas naturales deberán hacerlo cuando superen las mil unidades tributarias que son 20,00 Bs o cuando tengan un enriquecimiento neto gravable superior a mil quinientas unidades tributarias que son 30,00 Bs.

Las personas jurídicas deberán declarar en función de todo cuanto hayan devengado por su actividad económica; quiéranlo o no, están obligados a declarar el ISRL.

Castro también dio a conocer cuáles son los requisitos a cumplir para poder declarar el ISRL:

1.- Tener el registro de información fiscal (RIF), es decir, estar registrado debidamente como contribuyente dentro del portal del Seniat.

2.- Poseer una clave y usuario.

3.- Tener una ARC, que es la relación de las remuneraciones percibidas en el ejercicio inmediato anterior, el 2021 en este caso.

Con esa información podrán dirigirse al Seniat y declarar a través del portal web, allí podrán contar con personas altamente capacitadas quienes los orientarán para dicha declaración, tanto para las personas naturales como jurídicas.

Castro también aclaró que dicho registro tendrá que contar con un administrador o contador, que le haga la declaración ya que debe llevar ingresos, costos y deducciones con sus soportes legales.

Es importante aclarar que las personas naturales pueden pagar en tres porciones, la primera porción el 31 de marzo, la segunda el 20 de abril y la tercera el 10 de mayo, es decir, que las personas naturales tienen hasta tres porciones para pagar su ISRL, comprendiendo los sueldos y salarios, las vacaciones y todo lo que haya percibido durante el año y que no sea de manera accidental, que sea de forma regular, excepto lo que se perciba por los bonos de alimentación, que no se contabiliza como ingreso .

Las personas jurídicas pagaran en una sola porción, hasta el 31 de marzo, es decir, todos los ingresos percibidos, también deberán pagar por todas las ventas y servicios prestados, eso conlleva a que todas esas ventas y esos gastos tienen que ser manejados por un contador o su administrador para saber cuál es el enriquecimiento neto gravable, cuales son las pérdidas  y cuales los impuestos.

Ingresar al Seniat es muy fácil, las personas se podrán encontrar con un sistema muy amigable, al cual podrán entrar con su clave y usuario, dirigiéndose a la categoría persona natural, si fuera el caso, luego ir a declaraciones o servicios al contribuyente, a declaración del impuesto sobre la renta y allí el sistema le pedirá cual es el ejercicio económico, cuáles son sus ingresos o sus sueldos y salarios, y si se va por el desgravamen único u desgravamen detallado.

Katiuska Castro aclaró si se va por el desgravamen detallado, entonces deberá tener los cuatro soportes que permite la norma que son:

1.- Los gastos por pagos de colegios.

2.- Los gastos médicos.

3.- Los gastos de servicio odontológico.

4.- Los gastos pagados por intereses en adquisición de viviendas, la norma le especificara hasta donde es el monto y cuáles son los gastos permitidos.

Si se va por el desgravamen detallado, depende de los soportes presentados a la hora que lo fiscalicen; debe tener los soportes con los que usted se está autoliquidando.

Es importante aclarar, es una autoliquidación que se hacen tanto las personas naturales como jurídicas, luego el sistema automáticamente envía una lista de lo que considera que no está ajustado a lo que ingresó al banco o lo que se sabe de ello.

El 1 de abril el sistema arrojará cuales son las personas que se van a revisar, tanto para las personas naturales como para las jurídicas.

La declaración debe hacerse por el portal del Seniat de forma electrónica, el cual está estipulado desde el 2013, el pago se podrá realizar tanto manual como electrónicamente.

Si hace el pago de forma electrónica tendría que ingresar en el banco, luego ir a pago de impuesto sobre la renta, señalar cual es el RIF, e indicar las porciones que debe.

Si desea hacerlo de manera manual, deberá imprimir la planilla, luego deberá dirigirse al banco y cancelarlo.

Para las personas jurídicas existen 17 bancos autorizados para ello, como son: Banesco, Mercantil, Caroní, Banco del Sur, Provincial, Venezuela y Tesoro, entre otros.

Los contrayentes especiales deberán declarar por el Banco del Tesoro, Venezuela y Bicentenario, según sea el caso.

Las personas que no declaren el ISLR se exponen a ser sancionados con el artículo 103 del Código Orgánico Tributario (COT).

Por último, Katiuska Castro informó que para cualquier requerimiento o asesoría podrán dirigirse a las oficinas del Seniat, desde las 8 de la mañana hasta las 6 de la tarde, donde serán atendidos por 25 personas capacitadas para orientar a los contribuyentes e hizo un llamado a todas los contribuyentes  a no dejar para último momento la declaración, ya que todos los servicios son totalmente gratuitos.

 

 

 

 

 

 

 

 

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